A- de 2021
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos en sistema de seguridad social integral
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Armenia y el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho con el objeto de lograr la nulidad parcial de la resolución por medio de la cual el ISS le reconoció una pensión de jubilación, al igual que la nulidad total de la resolución mediante la cual la UGPP le negó la reliquidación del beneficio pensional.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que le corresponde a la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, conocer de los procesos promovidos por trabajadores oficiales en los que se pretenda la reliquidación pensional.
En estos casos, si una persona de derecho público administra el régimen de seguridad social aplicable al demandante, pero éste último no tuvo la calidad de empleado público al momento de causar la pensión, tendrá que aplicarse la cláusula de competencia contenida en los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 del CPTSS.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Armenia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Armenia y el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Armenia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Armenia es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por el apoderado de la señora la señora Luz Belly Martínez contra la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), con radicado número 63001-31-05-004-2019-00304-00.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-355 al Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Armenia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Armenia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.